
Abogados expertos en delitos de robos en Sevilla

En Bufete Aguilar Pantoja comprendemos que enfrentarte a una acusación por robo o ser víctima de este delito puede ser una experiencia angustiante y llena de incertidumbre. Por eso, ponemos a tu disposición un asesoramiento integral, rápido y totalmente adaptado a tus necesidades, con el objetivo de garantizar la mejor defensa posible o reclamar lo que te corresponde.
¿Por qué elegirnos como tus abogados en delitos de robos en Sevilla?
Análisis exhaustivo del caso: Estudiamos cada detalle de las pruebas, testimonios y circunstancias, detectando posibles errores procesales o inconsistencias en la acusación.
Diseño de estrategias de defensa: Creamos una estrategia jurídica específica para tu situación, buscando siempre la absolución, la reducción de penas o, cuando sea posible, el archivo del caso.
Defensa experta en juicio: Si el proceso llega a los tribunales, tendrás una representación rigurosa y comprometida que protegerá tus derechos en todo momento.
Negociación de acuerdos: Cuando la vía judicial no es la mejor opción, trabajamos para alcanzar acuerdos que minimicen las consecuencias legales.
Comunicación constante y apoyo continuo: Te mantenemos informado de cada avance de tu caso, resolviendo dudas y acompañándote durante todo el proceso.
Tu tranquilidad legal, nuestra prioridad
Con años de experiencia en delitos de robos y contra el patrimonio, nuestro compromiso es ofrecerte una atención personalizada, directa y eficaz.
No esperes más. Contacta con Bufete Aguilar Pantoja, abogados expertos en robos en Sevilla, y defiende tus derechos con garantías.


¿Qué es el delito de robo?
El robo es un delito contra el patrimonio regulado en los artículos 237 y siguientes del Código Penal español. Se define como la sustracción de bienes ajenos sin el consentimiento del propietario, empleando fuerza en las cosas o violencia o intimidación sobre las personas. La diferencia esencial entre el hurto y el robo radica en el uso de la fuerza o la violencia; mientras que el hurto se realiza sin estas circunstancias, el robo implica su presencia.
El delito de robo abarca desde objetos personales hasta bienes de alto valor económico. Las penas asociadas al robo varían según las circunstancias:
Robo con fuerza en las cosas: Pena de prisión de 1 a 3 años.
Robo con violencia o intimidación en las personas: Pena de prisión de 2 a 5 años.
Estas penas pueden incrementarse si concurren circunstancias agravantes, como el robo en casa habitada o la pertenencia a una organización criminal.
En Bufete Aguilar Pantoja, contamos con amplia experiencia en la defensa de casos de robo en Sevilla. Entendemos la complejidad de estos delitos y trabajamos para ofrecer una defensa personalizada y efectiva. Si te enfrentas a una acusación de robo o necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactarnos. Te ofrecemos una consulta inicial para evaluar tu situación y determinar los pasos a seguir.

¿Qué penas conlleva el delito de robo?
El delito de robo en España se sanciona con diversas penas de prisión, que varían según las circunstancias específicas en las que se cometa el delito. A continuación, se detallan las penas establecidas en el Código Penal:
1. Robo con fuerza en las cosas:
Pena básica: Prisión de 1 a 3 años.
Circunstancias agravantes: La pena se incrementa a prisión de 2 a 5 años si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
Sustracción de bienes de valor artístico, histórico, cultural o científico.
Robo de objetos de primera necesidad que provoque desabastecimiento.
Afectación grave a servicios públicos o infraestructuras esenciales.
Perjuicio significativo para la víctima o su familia.
Utilización de menores de 16 años en la comisión del delito.
Pertenencia a una organización criminal dedicada a estos delitos.
2. Robo en casa habitada, edificio o local abierto al público:
Pena básica: Prisión de 2 a 5 años.
Si el robo se comete fuera del horario de apertura: Prisión de 1 a 5 años.
Circunstancias de especial gravedad: La pena se eleva a prisión de 2 a 6 años si concurren factores que agraven la situación, como los mencionados anteriorment
Robo con violencia o intimidación en las personas:
Pena básica: Prisión de 2 a 5 años.
Si se comete en casa habitada, edificio o local abierto al público: Prisión de 3 años y 6 meses a 5 años.
Uso de armas u otros medios peligrosos: Las penas se aplican en su mitad superior si el delincuente utiliza armas u otros medios igualmente peligrosos durante el delito o para facilitar la huida, o si ataca a quienes auxilian a la víctima o lo persiguen.
Menor entidad de la violencia o intimidación: Si la violencia o intimidación ejercida es de menor entidad, y considerando las circunstancias del hecho, se puede imponer una pena inferior en grado a la prevista.
Es importante destacar que, además de las penas mencionadas, pueden imponerse sanciones adicionales en función de las circunstancias específicas de cada caso y de los actos de violencia física que se hayan realizado durante la comisión del delito.

Bufete Aguilar Pantoja, tu abogado de robos en Sevilla
En Bufete Aguilar Pantoja, contamos con amplia experiencia en la defensa de casos de robo en Sevilla. Entendemos la complejidad de estos delitos y trabajamos para ofrecer una defensa personalizada y efectiva. Si te enfrentas a una acusación de robo o necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactarnos. Te ofrecemos una consulta inicial para evaluar tu situación y determinar los pasos a seguir.

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